Desde la publicación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, esto ha afectado a nuestras mascotas, ya que los movimientos y la circulación de las personas se han visto muy limitados.
Pese a no ser portadores ni contagiarse, hay que tener en cuenta que si nosotros somos portadores o enfermos, debemos atender a las restricciones de movilidad que se han puesto de manifiesto para los humanos, y en estos casos, la mejor opción es intentar que alguien cuide de nuestra mascota.
¿Por qué? En primer lugar, porque si es un perro no podremos bajarlo a pasear, ya que estaremos obligados a guardar cuarentena sin excepción al ser positivos y en segundo lugar, porque ante esa situación y un posible empeoramiento de nuestra salud, hay que plantearse la posibilidad de buscar ayuda.
Qué se puede hacer durante la cuarentena
Aunque ya ha sido comentado en otro post sobre coronavirus y estado de alarma, aquí os dejo un resumen para que quede claro:Paseos cortos para hacer necesidades fisiológicas.
Cerca del domicilio.
Perros atados para que no se tenga contacto con otros perros o personas y guardar la distancias.
Priorizar horarios de menos afluencia.
Recoger y limpiar los excrementos y orina de los perros.
Limpiar las almohadillas de los perros con agua y jabón (no con geles alcohólicos).
Está permitida la alimentación de los animales de colonias callejeras controladas, en los mismos términos expuestos, hecho solidario que no se contemplaba expresamente en la declaración del estado de alarma.
Noticias inquietantes sobre los animales durante el confinamiento
Desde los balcones confinados por esta situación excepcional miramos a través de los cristales con cierta envidia a las personas que pasean con perros, por el simple hecho de que “pueden pisar la calle”.No está de más recordar que lo que está permitido por la declaración del gobierno del estado de alarma es bajar a la calle con el animal para que haga sus necesidades y volver a subir, no es una excusa para saltarnos el confinamiento.
Leemos atentas noticias que son francamente preocupantes: que ciertas asociaciones se han quedado sin perros para entregar en adopción y todo ello, después de haber sido decretado el estado alarma.
La sensación ante estas informaciones es amarga puesto que en relación con el número de abandonos de mascotas en España y la picaresca de algunos que “alquilan sus perros” para poder salir del confinamiento, nos lleva a pensar que gran parte de estos perros adoptables en este momento, van a volver a las calles o a las asociaciones una vez pase esta cuarentena y no sean necesarios para salir.
De esta manera, lo más probable es que los abandonos se incrementen y más, coincidiendo con el inicio del verano, una época en la que por desgracia aumentan de manera exponencial.
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Los animales son son cosas: ojo con el incremento de adopciones
Queremos alertar a las asociaciones para que controlen aún más si cabe las adopciones en estos momentos. Los animales no son cosas, no son objetos para satisfacer una necesidad. Nos preocupa que la gente esté queriendo adoptar solo para utilizarlos como excusa para dar paseos y pasada la cuarentena sean abandonados.Una noticia que debería llenarnos de alegría nos intranquiliza enormemente como despacho de abogados especializados en la defensa de los derechos de los animales.
De verdad que nos gustaría de corazón estar equivocadas y que esta ola de concienciación social haya tocado de refilón a nuestras mascotas, y que esto suponga un antes y un después para su protección. No podemos en este ámbito perder lo que tanto tiempo nos ha costado ganar, amparados en un estado de alarma.
La Fiscalía sospecha de estas adopciones masivas
La Fiscalía General de Estado sospecha de este auge de adopciones y considera que no tiene relación con la protección animal. Está señalando que se deben extremar las precauciones y la responsabilidad de los centros y asociaciones de recogida de estos animales a fin de intentar paliar el problema
Hay que recordar llegados a este punto que aparte de estar castigado el delito de maltrato animal, hay que recalcar que el código penal también define como delito el abandono animal en el art 337 bis introducido por el número ciento ochenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (B.O.E. 31 marzo).Vigencia: 1 julio 2015, cuando señala expresamente :
Artículo 337 bis código penal
El que abandone a un animal de los mencionados en el apartado 1 del artículo anterior en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
Desde aquí, queremos reconocer la labor de veterinarios y clínicas veterinarias, que no salen en los medios de comunicación, así como a las tiendas que proveen de alimento a nuestros peludos compañeros y también a todas esas maravillosas personas que alimentan a colonias de animales callejeros que han seguido movilizándose para seguir velando por su bienestar. Ningún ser vivo ha de quedar atrás. De esta saldremos, y tenemos que salir todos.
Para cualquier consulta legal relacionada con este tema o cualquier otro sobre derecho animal, te recomiendo que contactes con profesionales como Aliter Abogados.
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