Los animales salvajes, ya sean autóctonos de Colombia o exóticos, no podrán ser utilizados en espectáculos de circos fijos o itinerantes, según una nueva ley que afecta a todo el territorio colombiano y que ha avalado la Corte Constitucional. Tomado de La Información.comLos animales salvajes, ya sean autóctonos de Colombia o exóticos, no podrán ser utilizados en espectáculos de circos fijos o itinerantes, según una nueva ley que afecta a todo el territorio colombiano y que ha avalado la Corte Constitucional.
La Corte ha aprobado la norma, después de estudiar una demanda contra la misma que aseguraba que el uso de animales salvajes en circos era una manifestación cultural.
La Ley 1638 de 2013 dio un plazo a los empresarios de circos de dos años, después de su publicación, para adecuar sus espectáculos sin el uso de los animales salvajes o exóticos y para que los entregaran a las autoridades ambientales.
Igualmente, la ley dispone dos años para que en el caso de especies exóticas y sus crías, los empresarios de circos adelanten los trámites y obtengan los permisos necesarios para salir del país.
(EuropaPress)