Tengo que decir que yo estoy más informada de mi ciudad, pero que más o menos todas las comunidades autónomas tiene casi los mismos. Hay excepciones como todo.
El ayuntamiento de Salamanca a sacado un folleto para indicar cuáles son los perros PP aquí. Además de eso indica cuales son las medidas de seguridad básicas y las sanciones.
Este es el folleto que el ayuntamiento de Salamanca nos ha proporcionado.
En las medidas de seguridad nos abren dos apartados: en las calles y zonas públicas y en las viviendas.
CALLES Y ZONAS PÚBLICAS: el perro debe ser portado siempre por una persona que tenga la autorización municipal. Es obligatorio llevar siempre la tarjeta que justifica la autorización. Cada persona puede llevar solo un perro, y no puede ser portado por menores de edad.
Deber ser conducido siempre con correa no extensible de menos de dos metros y con bozal apropiado a su raza.
VIVIENDAS: Si se encuentran en una finca, casa de campo, chalet, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados, a no ser que se disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares.
SANCIONES: - Por tener o portar un perro PP sin autorización municipal: 2.400?
- Por no tener al perro registrado en el ayuntamiento: 2.400?
- Por pasearlo sin correa: 150?
- Por pasearlo sin bozal: 300?
De todas maneras os dejo un enlace para que leas, los apartados, subapartados y megaapartados que hay en la página del ayuntamiento. Pincha aquí y aquí.
IMPORTANTE: descargaros los documentos pdf que os dejan en dichas páginas.